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15- ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN TENDRE QUE APORTAR?
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La básica que deberás aportar será fotocopias de:
- Documento Nacional de Identidad (DNI), Pasaporte o Tarjeta de Residencia
- En caso de separación o divorcio: sentencia y/o convenio regulador
- Escritura de compraventa o nota simple
- Contrato privado de compraventa o contrato de señal
En caso de trabajador por cuenta ajena:
- 3 últimas nóminas
- Ultima declaración de renta (IRPF) incluyendo carta de pago validada
En caso de trabajador por cuenta propia:
- 2 últimas declaraciones de renta incluyendo carta de pago validada
- Pagos fraccionados del IRPF del último año
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
En cualquier caso, una vez confirmada la viabilidad de la operación, te detallaremos la documentación que deberás enviarnos en su caso concreto.
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16- ¿TENGO QUE IR AL REGISTRO A SOLICITAR UNA NOTA SIMPLE?
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No tendrás que preocuparte de ningún trámite: realizaremos todas
las gestiones necesarias antes y después de la firma de las escrituras.
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17- ¿QUÉ REGISTROS SON NECESARIOS PARA FORMALIZAR LA HIPOTECA?
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Para contratar nuestro préstamo son imprescindibles los siguientes requisitos:
la apertura de una cuenta en el Banco Santander, la domiciliación de nómina(s) en esta cuenta,
la tasación de la vivienda y la contratación del seguro daños de Liberty.
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18- ¿TENGO QUE CONTRATAR ALGÚN SEGURO OBLIGATORIO?
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La Ley obliga a suscribir un seguro que cubra el riesgo de incendio de la vivienda
hipotecada, este seguro se contratará en nuestro caso con la compañía Lyberty.
Tú podrás ampliar las coberturas ofrecidas si así lo crees conveniente.
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19- ¿CUÁL ES EL PLAZO DE TRAMITACIÓN DE LA HIPOTECA?
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Una vez que hayamos recibido la documentación solicitada, el plazo medio
para realizar las gestiones previas a la firma es de 15 días, aunque
en ocasiones puede firmarse el préstamo en un plazo aún menor.
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20- ¿QUÉ OCURRE SI LA VIVIENDA QUE VOY A COMPRAR TIENE UNA HIPOTECA?
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Nuestros gestores se encargarán de cancelar las cargas que pudiera tener
la vivienda y de realizar todos los trámites para la firma.
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21- ¿QUIÉN ACUDE A LA FIRMA?
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A la deben acudir los compradores e intervinientes del préstamo hipotecario, los
vendedores, y el representante de la entidad que concede la hipoteca.
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22- ¿QUÉ DOCUMENTOS HAY LLEVAR A LA FIRMA?
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Antes de acudir a la , nuestro gestor te indicará la documentación que debes preparar, tanto a ti como al vendedor:
- DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia (compradores y vendedores)
- Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda que compra ( vendedor )
- Certificado expedido por el Presidente de la Comunidad de Propietarios o por el Administrador de la Finca donde se indique que la vivienda está al corriente de pago de los recibos de la Comunidad (vendedor)
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23- ¿QUÉ OCURRE DESPUÉS DE LA FIRMA?
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hay que liquidar los impuestos
correspondientes e inscribir las escrituras en el Registro de la Propiedad.
Una vez finalizados estos trámites, te entregaremos la primera copia de la
escritura de compra y una copia de la escritura de préstamo, así como las
facturas de los importes abonados y la liquidación de la provisión de
fondos realizada.
Las cuotas del préstamo se cargan en la cuenta que nos facilites el
día 5 de cada mes, o el anterior hábil si éste no lo fuera. Si firmas
entre el día 1 y el 19, la primera cuota será el día 5 del mes siguiente; si
la firma se realiza entre el día 20 y el último día del mes, la primera cuota
será dos meses después.
Desde el momento de la firma, nuestro Servicio Posventa está a tu disposición:
- en el teléfono 902 15 55 51, de lunes a viernes, de 8:30 a 18:00
- en el email
- en el sitio web
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